sábado, 19 de abril de 2008

Carta de Credito. (Elementos, terminologia y Negociacion)

Principales elementos de una carta de crédito, terminología y condiciones de la carta de crédito y negociación de una carta de crédito

Definición

Es un instrumento de pago mediante el cual un banco (banco emisor) a petición de un cliente (comprador) se obliga a hacer un pago a un tercero (vendedor/beneficiario) o a aceptar y pagar letras de cambio libradas por el beneficiario, contra la entrega de documentos siempre y cuando se cumplan con los términos y condiciones de la propia carta de crédito.

Participantes
En la instrumentación de la carta de crédito se tienen los siguientes participantes:
• Exportador o vendedor. Su intervención se inicia una vez que se ha formalizado una operación de compraventa y se han establecido los términos y las condiciones de la carta de crédito. Al momento de recibir por parte de un Banco notificador o confirmador la carta de crédito a su favor, el exportador tendrá que embarcar las mercancías de acuerdo con lo convenido.
También se le conoce como el beneficiario de la carta de crédito, toda vez que él recibirá el pago pactado.
• Importador o comprador. Es quien inicia los trámites para establecer, a través de un Banco emisor, la carta de crédito; se le conoce también como el ordenante, ya que es quien solicita en primera instancia la apertura de una carta de crédito.
• Banco emisor. Es el que emite o abre la carta de crédito de acuerdo con las instrucciones de su cliente, es decir, del comprador (importador).
• Banco intermediario. Se le dan distintos nombres dependiendo del papel que juegue: banco notificador (si únicamente avisa la carta de crédito) y banco confirmador (si agrega su confirmación de la carta de crédito a su cliente). Asimismo, representa el banco del exportador.
Para llevar a cabo su cometido, los bancos suelen utilizar los servicios de otros bancos del extranjero, a los que se denomina corresponsales domiciliados en el país del vendedor, cuya principal función es la de revisar y certificar que los documentos cumplen con términos y condiciones de la carta de crédito para garantizar el éxito de la operación. Con el fin de tener una visión más clara sobre la operación de una carta de crédito, a continuación se presenta un ejemplo:Supóngase que una empresa mexicana (ORDENANTE) necesita adquirir una máquina en España y para asegurar la operación, acude a su banco (BANCO EMISOR) y le ordena la apertura de una carta de crédito a favor de una empresa exportadora española (BENEFICIARIO), disponible o utilizable contra la presentación de los documentos que acrediten el embarque de la mercancía adquirida. El banco del importador mexicano, procede a la apertura de la carta de crédito y transmite las instrucciones a su banco corresponsal en España (BANCO NOTIFICADOR / CONFIRMADOR) para que se lleve a cabo la operación, conforme a los términos y las condiciones convenidas entre el importador y el exportador.
El corresponsal en España de ese banco mexicano avisa al beneficiario para que éste proceda al embarque de las mercancías y, una vez que presente los documentos comprobatorios de ello, podrá hacer efectivo el importe de la operación.

Modalidades de la carta de crédito
Aunque existen diversas modalidades o clasificaciones de la carta de crédito, sólo se mencionarán algunas de ellas.

Por la facilidad para modificarse o cancelarse
Revocables. El banco emisor puede, en cualquier momento, modificar o cancelar las cartas de crédito revocables, sin que sea necesario avisar en forma anticipada al beneficiario (Art. 8 de las UCP-500). Sin embargo, el banco emisor está obligado a:
• reembolsar a otro banco, en el que el crédito revocable sea disponible para pago a la vista, aceptación o negociación, de cualquier pago, aceptación o negociación contra documentos aparentemente conformes con los términos y condiciones del crédito, realizados por tal banco con anterioridad a la recepción por su parte de la notificación de modificación o cancelación,
• reembolsar a otro banco, en el que el crédito revocable sea disponible para pago diferido si tal banco ha tomado documentos, aparentemente conformes con los términos y condiciones del crédito, con anterioridad a la recepción por su parte de la notificación de modificación o cancelación.
Así por ejemplo, si antes del aviso de modificación o cancelación el beneficiario de la carta de crédito presentó los documentos en orden, el pago, la aceptación o la negociación ya efectuada por el banco intermediario será inapelable, por lo que un exportador no debe aceptar vender bajo esas condiciones (carta de crédito revocable). De acuerdo al artículo 8 inciso b, subincisos i y ii, es importante señalar que el único momento en que un crédito revocable ya no puede ser cancelado, es cuando el beneficiario embarca la mercancía antes de recibir el aviso de revocación.
El beneficiario comprobará que embarcó antes de que el banco emisor tomara tal decisión, presentando el documento de transporte en el que se verificará la fecha de abordo, fecha de emisión, de toma a cargo, o de despacho de la mercancía. Hoy en día son contados los bancos que manejan este tipo de Carta de Crédito y Bancomext, como protección a las empresas mexicanas, rehúsa operar este instrumento.

Irrevocables. En oposición a la carta de crédito revocable, la irrevocable tiene como característica principal que el banco emisor se compromete en forma total y definitiva a pagar, aceptar, negociar o cumplir con los pagos diferidos a su vencimiento, siempre que los documentos respectivos cumplan con todos los términos y condiciones. A diferencia de los créditos revocables, un crédito irrevocable no podrá emitirse, enmendarse o cancelarse sin el consentimiento del banco emisor, del banco corresponsal (banco notificador y/o confirmador) y del beneficiario (artículo 9, inciso d, subinciso i, de la Publicación 500). Por esta razón se dice que un crédito documentario irrevocable es sinónimo de seguridad y confianza y sobre todo para el beneficiario, ya que una vez establecido no podrá ser modificado ni mucho menos cancelado de manera unilateral sino solamente con la anuencia de todas las partes.
En caso de que una carta de crédito no indique si es revocable o irrevocable, se considerará irrevocable (Art. 6 de las UCP- 500). En la actualidad ésta es la modalidad de carta de crédito más utilizada, ya que otorga al exportador mayor seguridad y confianza. Adicionalmente, se debe señalar que en la práctica casi todos los bancos ya cuentan con formatos con la indicación impresa de que la carta de crédito es irrevocable.
De esta forma, si un exportador tiene ya en su poder una carta de crédito irrevocable, sólo deberá presentar los documentos requeridos en orden y en los plazos previstos para obtener el pago o aceptación correspondiente
.
Por compromiso de pago:

Notificada (Avisada). Exime a los bancos distintos del emisor de todo compromiso de pago ante el beneficiario, ya que sólo se limitan a notificar al beneficiario los términos y las condiciones de la operación. El único banco que se compromete a pagar es el emisor, pero, como se señaló, generalmente éste se encuentra en otro país. El gran inconveniente de este tipo de carta de crédito es que el exportador no cuenta con la obligación absoluta e incondicional del banco notificador ya que éste le entregará los fondos al beneficiario hasta haberlos recibido por parte del banco emisor; sin embargo, si el banco que acepta notificar el crédito, pondrá un cuidado razonable en verificar la aparente autenticidad del crédito que avisa.

Confirmada. A diferencia de la anterior, la carta de crédito confirmada proporciona al exportador (beneficiario) seguridad absoluta de pago. “La confirmación de un crédito irrevocable por otro banco (banco confirmador) mediante autorización o a petición del banco emisor, constituye un compromiso en firme por parte del banco confirmador, adicional al del banco emisor, siempre que los documentos requeridos hayan sido presentados al banco confirmador o a cualquier otro banco designado y cumplidos los términos y condiciones del crédito” (Art. 9 de las UCP-500).

Por su disponibilidad de pago.
Todas las Cartas de Crédito deben indicar claramente si son disponibles mediante pago a la vista, con pago diferido, aceptación o negociación (Art. 10 de las UCP-500).
Un gran número de cartas de crédito se clasifican como pagaderas a la vista, lo cual significa que el beneficiario obtendrá el pago correspondiente tan pronto como presente los documentos en orden y el banco pagador los haya revisado a su entera satisfacción. A diferencia de lo expuesto, en ocasiones las cartas de crédito establecen un plazo de pago al vendedor. A este tipo de operaciones se les denomina carta de crédito con aceptación o pago diferido, y por lo general los plazos transcurren a partir de las fechas consignadas en los documentos de transporte. Así, por ejemplo, es común que en una carta de crédito se establezca que el pago se efectuará en 30 días, contados a partir de la fecha del conocimiento de embarque. La diferencia entre un pago diferido y un plazo proveedor es que, en el primer caso, el pago se efectúa el día específico indicado en los términos y condiciones de la Carta de Crédito, vgr. 15 de octubre de 2003, con la simple aceptación del banco pagador, en tanto que en el plazo proveedor existe de por medio una letra de cambio (documento financiero) que el banco pagador aceptará mediante firmas de funcionarios autorizados y la devolverá al beneficiario, quien le guardará y la hará efectiva el día del vencimiento o, en su caso, la podrá descontar en una casa de cambio o un banco comercial. La disponibilidad por negociación implica que el banco pagador acepta descontar la letra de cambio al beneficiario adelantándole el importe nominal de la letra de cambio menos la comisión de descuento aplicada.

Por distribución geográfica.
Por el desplazamiento de la mercancía, origen y destino, las cartas de crédito se pueden clasificar en cartas de crédito de importación, domésticas y de exportación.

Importación. Ingreso al país de bienes o servicios procedentes del extranjero.

Exportación. Salida del país de bienes o servicios mexicanos.

Doméstica. Entre dos ciudades del mismo país.
Cada uno de los bancos que participan en el trámite de la carta de crédito dispone de un plazo no superior a siete días bancarios hábiles a partir de la fecha de recepción de los documentos, para examinarlos y decidir si los aceptan o rechazan y notificar su decisión (Art. 13 de las UCP-500).
Una herramienta básica en el manejo de cartas de crédito la constituyen los INCOTERMS, ya que mediante los mismos, el vendedor o comprador además de acordar el precio de la operación (considerando el envase, el embalaje, el transporte, las maniobras de carga y descarga, los aranceles de exportación e importación y los seguros de la mercancía), decidirán también hasta dónde es responsable uno de entregar la mercancía y el otro de recogerla.

Por modalidad.
Revolventes. Generalmente las cartas de crédito expiran en cuanto se les utiliza; es decir, una vez que el beneficiario obtiene el pago de las mismas o cuando termina su vigencia. Sin embargo, sucede que compradores y vendedores requieren establecerlas con relativa frecuencia, por las necesidades propias de sus negocios (por ejemplo, cuando se trata de un mismo proveedor y de las mismas mercancías). En este caso no es recomendable tramitar una carta de crédito por cada embarque, sino que se pueden utilizar las cartas de crédito revolventes, en las que la vigencia de la operación puede reinstalarse en forma automática, condicionándola a periodos específicos y a un monto previamente determinado. Por ejemplo, se puede establecer una carta de crédito revolvente por la cantidad de 100,000 dólares estadounidenses mensuales hasta el 31 de junio de 2005. Cada mes, el banco pondrá a disposición del beneficiario la suma de 100,000 dólares hasta llegar a la fecha indicada. En este caso, el banco recibirá los documentos correspondientes a cada embarque y pagará su importe, siempre y cuando ese embarque no exceda de 100,000 dólares.
Cabe señalar que esta modalidad de las cartas de crédito puede ser acumulativa o no acumulativa. En las revolventes acumulativas, los importes no utilizables durante el periodo que indique el crédito (mensual, bimestral, trimestral, etc.) servirán para ampliar el límite del crédito disponible durante el siguiente lapso. El no utilizar totalmente el crédito disponible en ese periodo no implica su pérdida, sino la acumulación para el lapso posterior. Siguiendo con el ejemplo anterior, si un exportador durante el primer periodo embarca mercancía por un valor de 80,000 dólares estadounidenses, en el siguiente lapso podrá disponer de 120,000 dólares. Por el contrario, en las cartas de crédito revolventes no acumulativas, el importe señalado para un periodo no es acumulable para el siguiente; si el beneficiario no dispone del importe asignado en ese periodo, perderá en ese momento su derecho a utilizarlo.

Transferibles. El crédito documentario transferible es aquel que da derecho al beneficiario a transferirlo total o parcialmente a uno o más segundos beneficiarios. Normalmente, el beneficiario del crédito es el vendedor de las mercancías; sin embargo, por convenio entre las partes, el crédito puede estar en favor de un tercero.
Esta modalidad obedece en gran medida a las necesidades del tráfico mercantil internacional, a la presencia de intermediarios que sirven de puente entre el comprador y el vendedor (broker), y a las necesidades de financiamiento de las empresas. Es importante señalar que el banco transferente no está obligado a efectuar la transferencia, salvo dentro de los límites y en la forma expresamente consentidas por dicho banco. También importante es que la transferencia puede efectuarse una sola vez; por lo tanto, un segundo beneficiario no puede asignar a su vez a un tercero (Art. 48 de las UCP-500).

Cláusula Roja. Son aquéllas Cartas de Crédito que autorizan al banco pagador entregar un anticipo contra la presentación de un simple recibo emitido por el beneficiario. El saldo del valor de la mercancía se paga contra la presentación de los documentos requeridos, indicando en el cuerpo de la factura comercial que existe un anticipo del porcentaje autorizado, por lo que sólo se le liquidará al beneficiario la diferencia.

Cláusula Verde. Las Cartas de Crédito con Cláusula Verde se pagan contra la presentación de uno o varios Certificados de Depósito (de mercancías) emitidos por un Almacén Fiscal de Depósito de Mercancías en una o varias disposiciones. En la presentación de la última disposición, el vendedor deberá presentar las facturas comerciales y los documentos de embarque requeridos en la Carta de Crédito.

Stand by.
Stand by. Este tipo de cartas de crédito están reguladas por las ISP 98, emitidas por la Cámara de Comercio Internacional, y sirven para garantizar el pago a un acreedor si su deudor incumple sus obligaciones contractuales. El único requisito para que el beneficiario pueda cobrarla es que compruebe, por lo general con un documento certificado por un tercero, que su deudor no le pagó en su oportunidad.
Estas cartas de crédito se utilizan en otro tipo de operaciones, no necesariamente vinculadas con el comercio internacional; por ejemplo: la adquisición de bienes inmuebles, cumplimiento de obligaciones derivadas de licitaciones internacionales, capital de trabajo, etcétera.

Flujo de operación de la carta de crédito
1. Las cartas de crédito derivan de operaciones comerciales previamente acordadas entre compradores y vendedores. Una vez que las partes han definido las características técnicas de la operación, firman un contrato de compraventa o levantan un pedido o una orden de compra, en donde claramente se estipula que la forma de pago se realizará mediante una carta de crédito irrevocable, pagadera contra documentos de embarque.
2. Con la documentación previamente acordada con su contraparte, el comprador se dirige a su banco local (banco emisor) y le da instrucciones para que emita una carta de crédito a favor de la empresa vendedora/exportadora (beneficiario), misma que deberá enviar a su banco corresponsal (banco notificador/confirmador) en el país del vendedor, vía télex contraseñado o SWIFT autenticado, dirigida al Departamento de Cartas de Crédito. (Nota: En Cartas de Crédito Domésticas el banco emisor también puede actuar como banco Notificador y Pagador).
3. Una vez recibida la carta de crédito por el banco notificador/confirmador, revisa que el texto de la misma se ajusta a la práctica internacional para manejo de cartas de crédito, la entrega al vendedor/exportador.
4. Tan pronto como el vendedor recibe la carta de crédito y encuentra que puede cumplir con todos los términos y condiciones ahí estipuladas, procede a despachar las mercancías.
5. Posteriormente, el vendedor entrega al banco notificador/confirmador los documentos probatorios del envío de la mercancía, solicitados en el texto de la carta de crédito.
6. Cuando el banco notificador/confirmador certifica que los documentos cumplen estricta y literalmente con los términos estipulados en la carta de crédito, procede de la siguiente manera:
a) solicita los recursos correspondientes al banco emisor,
b) efectúa pago al vendedor/exportador y
c) envía al banco emisor los documentos solicitados en la carta de crédito para su posterior entrega al comprador y retiro de su mercancía de la aduana correspondiente.

Importador
Recibir los bienes contratados con oportunidad.
Sabe que el beneficiario (vendedor) no podrá cobrar si no embarca.
Confía que los documentos solicitados sean revisados por expertos bancarios.
De existir discrepancias en los documentos, estas le serán informadas por su banco.
Sólo se efectuará el pago al beneficiario si los términos y condiciones se cumplen literalmente.
Comisiones aceptables.

Exportador
Conoce los términos y condiciones para obtener su pago
No le preocupa la calificación crediticia del comprador
Confianza en el banco obligado a pagar
Viabilidad de proyectar términos y condiciones en documentos
Comisiones aceptables

Ventajas de la carta de crédito
Entre las ventajas que ofrece una carta de crédito para el vendedor (exportador) y para el comprador (importador), se encuentran:
• Nunca realice un embarque antes de recibir de su banco la notificación / confirmación de la carta de crédito.
• Cerciórese de que todos los datos consignados en el documento son los correctos.
• Verifique que todos los términos y las condiciones coincidan con lo convenido con el cliente.
• Prepare todos los documentos tal como se requieran en la carta de crédito.
• Ante cualquier duda, por pequeña que sea, consulte a los especialistas en la materia.
• Cualquier enmienda a una carta de crédito deberá realizarse por conducto de los bancos involucrados.
Si usted exporta, le aconsejamos que trate de negociar que el pago de sus productos se realice mediante una carta de crédito irrevocable, confirmada y pagadera a la vista contra la entrega de los documentos respectivos, sobre todo cuando no exista mucha confianza con su cliente.
En el Anexo de este Capítulo encontrará un cuadro comparativo de riesgo comprador-vendedor por forma y momento de pago utilizados en el comercio internacional; allí observará cómo sólo la carta de crédito provee el medio de pago más equitativo, tanto para la parte vendedora como para la parte compradora, razón por la cual se ha convertido en la más usual manera de cerrar negocios en el comercio internacional.

domingo, 16 de marzo de 2008

Comercio compensatorio

Término general para diferentes tipos de operaciones comerciales en las cuales se exige al vendedor que acepte bienes u otros instrumentos, como pago parcial o total por sus productos. Las operaciones de comercio compensatorio incluyen lo siguiente: trueque, pago parcial o total con productos o compensación, contracompra, requisitos de compensación, intercambio de valores, comercio triangular en divisas, cuentas de compensación o comprobatorias.

Giro bancario

El giro bancario es un cheque expedido por un banco a cargo de otro banco, que se liquida cuando se compra. Esto ha originado que al giro bancario se le considere como “un cheque perfeccionado”, ya que al haber sido liquidado por el ordenante en el momento de su compra, elimina la posibilidad de que no sea pagado al beneficiario por falta de fondos.

Otras de las ventajas del giro bancario son las siguientes:
• Se compra en cualquier banco, pues no se requiere ser cuentahabiente.
• Se pueden emitir casi en cualquier divisa.
• Son nominativos, ya que no se expiden giros al portador.
• No pueden ser cobrados por terceros, puesto que los bancos sólo los reciben para abono en cuenta.
Con el fin de simplificar el trámite de cobro, es necesario que, previamente, el exportador o beneficiario precise al importador u ordenante la plaza y, de ser posible, el banco a cuyo cargo desea el giro. Es una práctica común que los exportadores que aceptan esta forma de pago embarquen las mercancías antes de recibir el original del giro, lo cual no es aconsejable. Deberán esperarse a recibir el documento original y presentarlo para su cobro.

domingo, 2 de marzo de 2008

Garantias

Son los bienes y las firmas que se ofrecen para respaldar el credito, anticipando el caso que no se tuviera dinero para liquidarlo a la fecha del vencimiento convenida.
La ley de operaciones y titulos de credito dispone que los bienes adquiridos con el importe de los creditos sean la garantia para el banco, pues si el credito no se liquida el banco recupera ese dinero con la venta de los bienes que se le hayan ofrecido en garantia.
Clacificacion de las garantias:
  • Naturales o exigidas por la ley
  • Adicionales, colaterales o convencionales
  • Personales
  • Reales
  • Cuasi garantias
Las bondades de la garantia se manifiestan cuando se tiene certeza para la contratacion del credito, certeza sobre el valor y la facilidad de realizacion de la garantia, certeza sobre la capacidad de pago de quien ofrece un aval o fianza y la certeza de que al tomarse la garantia esta no estra gravada en primer lugar por otro acreedor

Credito Bancario

Entre los creditos que la banca ofrece a sus clientes, con mas frecuencia son lo sigueintes:

Havilitacion o avio, tiene un plazo de 2-3 años se una para financiar materia prima y mano de obra, se documenta mediante contrato y pagare.

Refaccionario, tiene un plazo de hasta 15 años, su destino principal es para la compra maquinaria, equipo de transporte u oficina, la forma de documentarlo es mediante contrato y pagares.

Hipotecario o Industrial, tiene un plazo de hasta 20 años es utilizado para la reestructuracion del pasivo y el pago del mismo y la forma de documentarlo es mediante contrato y pagare.

Prestamo directo o quirografario, tiene un plazo de hasta 90 dias, se utiliza para el pago a porveedores, nomina, impuestos, etc. su forma de documentar es mediante pagare.

Apertura de credito simple, tienn un plazo de 28 dias hasta 6 meses es un credito otrogado para el consumo y se documente mendiante contrato y pagare.

Descuento mercantil, plazo de hasta 180 dias se usa para la compra venta de mercancias y se documenta con pagare.

Prendario o Pignoraticio, tiene un plazo de hasta 90 dias se usa para necesidades de corto plazo y se domuenta con contrato y pagare.

Carta de credito importacion, es una garantia de pago de las mercancias es usado para la importacion o la exportacion se documenta con contrato y pagare.

Elementos del Credito

Elementos del crédito

·Sujeto del crédito
Es la persona, física o moral, establecida en el país con arreglo y experiencia en el ejercicio de su actividad, con capacidad de ejercer sus derechos y cumplir sus obligaciones.

·Acreditado
Persona, física o moral que recibe el importe de un crédito, a cambio de su promesa de pago en una fecha futura.

·Deudor solidario
Persona, moral o física que conjuntamente recibe el importe del crédito y se comprometa también en la promesa de pago

·Aval
Persona física o moral que se compromete a realizar la promesa de pago hecha por el acreditado en caso de que este último no la cumpla o la interrumpa a su vencimiento

·Acreedor
Parte que en una transacción crediticia entrega dinero, bienes, servicios o títulos valores a cambio de la promesa de pago futuro

·Objeto o destino
Es la causa primera por la que se solicita el crédito

·Tiempo o plazo
El tiempo comprendido entre la recepción del crédito y su pago

·Tasa de interés
Es la utilidad o garantía que se genera del capital prestado por el tiempo que fue utilizado.

sábado, 1 de marzo de 2008

Financiamiento a largo plazo

Hipoteca.
Es un traslado condicionado de propiedad que es otorgado por el prestatario (deudor) al prestamista (acreedor) a fin de garantiza el pago del préstamo.
Importancia.
Es importante señalar que una hipoteca no es una obligación a pagar ya que el deudor es el que otorga la hipoteca y el acreedor es el que la recibe, en caso de que el prestamista no cancele dicha hipoteca, la misma le será arrebatada y pasará a manos del prestatario.
Vale destacar que la finalidad de las hipotecas por parte del prestamista es obtener algún activo fijo, mientras que para el prestatario es el tener seguridad de pago por medio de dicha hipoteca así como el obtener ganancia de la misma por medio de los interese generados.
Ventajas.
*Para el prestatario le es rentable debido a la posibilidad de obtener ganancia por medio de los intereses generados de dicha operación.
*Da seguridad al prestatario de no obtener perdida al otorgar el préstamo.
*El prestamista tiene la posibilidad de adquirir un bien
Desventajas.
*Al prestamista le genera una obligación ante terceros.
*Existe riesgo de surgir cierta intervención legal debido a falta de pago.
Acciones.
Las acciones representan la participación patrimonial o de capital de un accionista dentro de la organización a la que pertenece.
Importancia.
Son de mucha importancia ya que miden el nivel de participación y lo que le corresponde a un accionista por parte de la organización a la que representa, bien sea por concepto de dividendos, derechos de los accionista, derechos preferenciales, etc.
Ventajas.
*Las acciones preferentes dan el énfasis deseado al ingreso.
*Las acciones preferentes son particularmente útiles para las negociaciones de fusión y adquisición de empresas.
Desventajas
*El empleo de las acciones diluye el control de los actuales accionistas.
*El costo de emisión de acciones es alto.
Bonos.
Es un instrumento escrito en la forma de una promesa incondicional, certificada, en la cual el prestatario promete pagar una suma especificada en una futura fecha determinada, en unión a los intereses a una tasa determinada y en fechas determinadas.
Importancia.
Cuando una sociedad anónima tiene necesidad de fondos adicionales a largo plazo se ve en el caso de tener que decidir entre la emisión de acciones adicionales del capital o de obtener préstamo expidiendo evidencia del adeudo en la forma de bonos. La emisión de bonos puede ser ventajosa si los actuales accionistas prefieren no compartir su propiedad y las utilidades de la empresa con nuevos accionistas. El derecho de emitir bonos se deriva de la facultad para tomar dinero prestado que la ley otorga a las sociedades anónimas.
El tenedor de un bono es un acreedor; un accionista es un propietario. Debido a que la mayor parte de los bonos tienen que estar respaldados por activos fijos tangibles de la empresa emisora, el propietario de un bono posiblemente goce de mayor protección a su inversión, el tipo de interés que se paga sobre los bonos es, por lo general, inferior a la tasa de dividendos que reciben las acciones de una empresa.
Ventajas.
*Los bonos son fáciles de vender ya que sus costos son menores.
*El empleo de los bonos no diluye el control de los actuales accionistas.
*Mejoran la liquidez y la situación de capital de trabajo de la empresa.
Desventajas.
*La empresa debe ser cuidadosa al momento de invertir dentro de este mercado
Arrendamiento Financiero.
Es un contrato que se negocia entre el propietario de los bienes (acreedor) y la empresa (arrendatario) a la cual se le permite el uso de esos bienes durante un período determinado y mediante el pago de una renta específica, sus estipulaciones pueden variar según la situación y las necesidades de cada una de las partes.
Importancia.
La importancia del arrendamiento es la flexibilidad que presta para la empresa ya que no se limitan sus posibilidades de adoptar un cambio de planes inmediato o de emprender una acción no prevista con el fin de aprovechar una buena oportunidad o de ajustarse a los cambios que ocurran e el medio de la operación.
El arrendamiento se presta al financiamiento por partes, lo que permite a la empresa recurrir a este medio para adquirir pequeños activos.
Por otra parte, los pagos de arrendamiento son deducibles del impuesto como gasto de operación, por lo tanto la empresa tiene mayor deducción fiscal cuando toma el arrendamiento. Para la empresa marginal el arrendamiento es la única forma de financiar la adquisición de activo. El riesgo se reduce porque la propiedad queda con el arrendado, y éste puede estar dispuesto a operar cuando otros acreedores rehúsan a financiar la empresa. Esto facilita considerablemente la reorganización de la empresa.
Ventajas.
*Es en financiamiento bastante flexible para las empresas debido a las oportunidades que ofrece.
* Evita riesgo de una rápida obsolescencia para la empresa ya que el activo no pertenece a élla. *Los arrendamientos dan oportunidades a las empresas pequeñas en caso de quiebra.
Desventajas.
*Algunas empresas usan el arrendamiento para como medio para eludir las restricciones presupuestarias cuando el capital se encuentra racionado.
*Un contrato de arrendamiento obliga una tasa costo por concepto de intereses.
*La principal desventaja del arrendamiento es que resulta más costoso que la compra de activo.